BOP. 92    26/04/2023


Entidad publicadora: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA (DPZ).- ÁREA DE PRESIDENCIA

Número de registro: 3049/2023

Materia: Empleo Público

Sección tercera

DECRETO 1176/2023. CONVOCAR Y APROBAR LAS BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA POR OPOSICIÓN, EN TURNO LIBRE, DE UNA PLAZA DE OFICIAL 1ª TALLER ESCUELA CERÁMICA DE MUEL.

SECCIÓN TERCERA

Núm. 3049

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA

ÁREA DE PRESIDENCIA

Esta Presidencia, por decreto núm. 1176, de 19 de abril de 2023, ha dispuesto convocar y aprobar las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la cobertura, por oposición en turno libre, de una plaza de oficial 1.ª Taller Escuela Cerámica de Muel, nivel VI del  convenio colectivo para el personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza, vacante en la plantilla de personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza, correspondiente a la oferta de empleo público de 2020, con sujeción a las siguientes 

Bases específicas  

Base 1.ª Normas generales.

Es objeto de las presentes bases específicas la cobertura, mediante oposición, en turno libre, de la plaza determinada en la base 2.ª de la presente convocatoria, que se ajustarán a lo establecido en las bases generales, aprobadas por decreto núm. 675, de 19 de marzo de 2021 (BOPZ núm. 71, de 29 de marzo de 2021), para las convocatorias de procesos de selección para acceso en turno libre de plazas de funcionario de carrera y laboral fijo.

Base 2.ª Plaza convocada.

2.1. Una plaza de oficial 1.ª Taller Escuela Cerámica de Muel, nivel VI del convenio colectivo para el personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza, vacante en la plantilla de personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza, incluida en la oferta de empleo público de 2020.

2.2. El centro de trabajo será el Taller Escuela Cerámica de Muel, sito en la carretera de Valencia, km 468, 50450 Muel, Zaragoza.

La incorporación del/de la trabajador/a al centro de trabajo no devengará el abono de cantidad alguna en concepto de kilometraje.

Base 3.ª Requisitos de las personas aspirantes.

Las personas aspirantes que concurran a la convocatoria, además de reunir los requisitos exigidos en la base 2.ª de las bases generales, aprobadas por decreto núm. 675, de 19 de marzo de 2021 (BOPZ núm. 71 de 29 de marzo de 2021), deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el siguiente título académico:

—Certificado de haber cursado la ESO (Certificado de Escolaridad) o equivalente.

Base 4.ª Derecho de examen. 

Importe y forma de pago. La tasa por derecho de examen exigida en la presente convocatoria es de 6,01 euros, cuyo abono  deberá hacerse efectivo, dentro del referido plazo de presentación de instancias, mediante ingreso en la cuenta núm. ES82 2085 5200 84 0331125163 de Ibercaja Banco, S.A. El resguardo acreditativo deberá presentarse junto con la solicitud. 

El impago de la tasa por derechos de examen o el abono de la tasa en cuantía inferior a la exigida, no será causa de subsanación, quedando la persona interesada excluida del proceso selectivo. 

Base 5.ª Sistema selectivo.

El sistema de selección será mediante oposición, que constará de dos ejercicios de carácter eliminatorio y de realización obligatoria.

5.1. Primer ejercicio: Test de conocimiento. Consistirá en la realización de un cuestionario, que adoptará la forma de test, sobre conocimientos referidos a la materia contenida en el anexo II de la convocatoria, con cincuenta preguntas y con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, con penalización, aplicando la siguiente fórmula de corrección:

                                     R = A –              E

Núm. de respuestas – 1

R = Resultado final.

A = Número de aciertos.

E = Número de errores.

N.º de respuestas = N.º de respuestas – 1 (4 – 1= 3)

La duración máxima del ejercicio será de sesenta minutos. Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superar el ejercicio, siendo eliminadas aquellas personas aspirantes que no obtengan esa puntuación mínima.

5.2. Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácticos sobre las funciones propias a desarrollar. Dicho ejercicio se efectuará en el tiempo y forma que determine el tribunal.

El tribunal calificador quedará facultado para determinar la forma que pueda adoptar la realización de este o estos ejercicios prácticos, pudiendo ser escrito, oral o haciendo uso de los materiales o herramientas necesarios para realizar las funciones descritas. 

Este ejercicio o ejercicios se valorarán en global de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superar el ejercicio, siendo eliminadas aquellas personas aspirantes que no obtengan esa puntuación mínima.

Base 6.ª Desarrollo del proceso, calificación del proceso selectivo y propuesta de nombramiento. 

Se realizará conforme a la base 7.ª de las bases generales, aprobadas por  decreto núm. 675, de 19 de marzo de 2021 (BOPZ núm. 71, de 29 de marzo de 2021), de las convocatorias de procesos selectivos de las ofertas de empleo público aprobadas por Diputación Provincial de Zaragoza.

El orden de actuación de las personas aspirantes admitidas se efectuará por orden alfabético de apellidos, que se iniciará por la letra U, según la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE núm. 114, de 13 de mayo de 2022).

Base 7.ª Normas finales.

Para lo no regulado en las presentes bases específicas serán de aplicación las bases generales, aprobadas por decreto núm. 675, de 19 de marzo de 2021 (BOPZ núm. 71, de 29 de marzo de 2021), de las convocatorias de procesos selectivos de las ofertas de empleo público aprobadas por Diputación Provincial de Zaragoza. Las presentes bases, así como las bases generales vinculan a la Administración, al tribunal y a quienes participen en la oposición, y tanto la presente convocatoria con sus bases como cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y formas que determina Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen del Sector Público, así como, en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Zaragoza, 21 de abril de 2023. — El presidente, Juan Antonio Sánchez Quero.

ANEXO I

Plaza: Oficial 1.ª Taller Escuela Cerámica de Muel.

Núm. de plazas: Una.

Categoría de la plaza: Nivel VI convenio colectivo DPZ.

Oferta de empleo público: 2020.

Integrada en: Área de Gestión: Ciudadanía. Taller Cerámica de Muel.

Características:

• Titulación: Certificado de haber cursado la ESO (Certificado de Escolaridad) o equivalente.

El centro de trabajo será el Taller Escuela Cerámica de Muel, sito en la carretera de Valencia, km 468, 50450 Muel (Zaragoza), y la incorporación del/de la trabajador/a al centro de trabajo no devengará el abono de cantidad alguna en concepto de kilometraje.

• Tipo de contrato: Personal laboral fijo.

• Funciones básicas: Son orientativas hasta la aprobación del correspondiente instrumento de ordenación de personal:

Siguiendo las instrucciones y bajo la supervisión de sus superiores jerárquicos, o por sí mismo.

—Elaborar obra original cerámica de calidad técnica y artística, a partir del propio proyecto o de un encargo profesional determinado:

—Planificar la elaboración mediante la definición de los aspectos estéticos, formales, funcionales, materiales y de producción.

—Organizar y llevar a cabo las diferentes fases del proceso, garantizando la seguridad de las operaciones y realizando los controles de calidad correspondientes hasta la obtención del producto acabado.

—Formular composiciones y preparar pastas, esmaltes y colores cerámicos, cualitativa y cuantitativamente adecuadas a las especificaciones del proyecto.

—Realizar otras tareas de similares características que les sean requeridas por sus superiores jerárquicos dentro de su profesión.

—Conducción del vehículo del Taller Escuela Cerámica de Muel para el transporte de personas y materiales.

—Utilizar correctamente los equipos de protección individual y colectivos.

ANEXO II

Temario

  1. La Constitución Española de 1978: Derechos y deberes fundamentales de los españoles y organización territorial del Estado. Nociones básicas.

  2. La provincia en el régimen local. Su organización y competencias.

  3. Historia del Taller Escuela Cerámica de Muel.

  4. Carga y descarga de hornos en la producción cerámica.

  5. Producción, técnicas y formas, en especial las desarrolladas en el Taller Escuela Cerámica de Muel.

  6. Conocimiento básico de los productos cerámicos.

  7. Tipos de barros usados en cerámica.

  8. Dominio de la técnica del alfarero.

  9. Cocción, definición, control, curvas y problemas.

10. Conocimiento básico de la toxicidad de los productos cerámicos.

11. Ley de Prevención de Riesgos. Riesgos y medidas preventivas en la actividad de un taller de cerámica.

12. Principios generales de la actuación de los poderes públicos aragoneses en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres

* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y/o técnicas se desarrollarán conforme a las normas vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse. 

 

 

 

 

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